martes, 22 de diciembre de 2009

VIAJAR CON MASCOTAS EN TREN




Viajar con mascotas en tren hace tiempo que ha dejado de ser algo dificultoso en España, desde que en el año 1998 Renfe comenzó a implementar el servicio especial de marras, que tuvo gran acogida por parte de los usuarios de este medio de transporte.

Textualmente, se aplica al transporte de ”mascotas o animales domésticos correspondientes a las especies bovina, caprina, ovina y porcina, aves domésticas y de corral. También se admiten conejos, pájaros, perros, gatos, y otros animales vertebrados y de sangre fría”.




Las condiciones de admisión en trenes de grandes líneas, regionales y de alta velocidad son las siguientes:

- Se permite el transporte de animales domésticos, siempre que no se opongan el resto de los viajeros.
- Sólo pueden transportarse pequeños animales domésticos como perros, gatos y aves (no de corral).
- Su peso máximo no debe exceder los 6 kg.
- El dueño se hace responsable de las molestias y daños que pueda ocasionar el animal.
- Debe ir provisto de la Guía de Sanidad.
- Sólo se admite un animal por viajero, y siempre debe ir en una jaula.
- La jaula no debe superar las medidas 60 x 35 x 35, y debe tener un dispositivo que permita contener y retirar los residuos.
- El importe a abonar será el 50% del billete a tarifa general del tren y clase correspondiente en el que se efectúe el viaje, no pudiéndose acoger a otras tarifas o descuentos.
- Los perros lazarillos viajan de forma gratuita.

Y en trenes de cercanías:

- El transporte se limitará a animales domésticos, sin límite de peso (perros, gatos y aves).
- Deben ir sujetos de una correa, y en el caso de perros deben ir provistos de bozal.
- No se emitirá billete ni se abonará cantidad alguna por su transporte.

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