Viajar con mascotas en tren hace tiempo que ha dejado de ser algo dificultoso en España, desde que en el año 1998 Renfe comenzó a implementar el servicio especial de marras, que tuvo gran acogida por parte de los usuarios de este medio de transporte.
Textualmente, se aplica al transporte de ”mascotas o animales domésticos correspondientes a las especies bovina, caprina, ovina y porcina, aves domésticas y de corral. También se admiten conejos, pájaros, perros, gatos, y otros animales vertebrados y de sangre fría”.
Las condiciones de admisión en trenes de grandes líneas, regionales y de alta velocidad son las siguientes:
- Se permite el transporte de animales domésticos, siempre que no se opongan el resto de los viajeros.
- Sólo pueden transportarse pequeños animales domésticos como perros, gatos y aves (no de corral).
- Su peso máximo no debe exceder los 6 kg.
- El dueño se hace responsable de las molestias y daños que pueda ocasionar el animal.
- Debe ir provisto de la Guía de Sanidad.
- Sólo se admite un animal por viajero, y siempre debe ir en una jaula.
- La jaula no debe superar las medidas 60 x 35 x 35, y debe tener un dispositivo que permita contener y retirar los residuos.
- El importe a abonar será el 50% del billete a tarifa general del tren y clase correspondiente en el que se efectúe el viaje, no pudiéndose acoger a otras tarifas o descuentos.
- Los perros lazarillos viajan de forma gratuita.
Y en trenes de cercanías:
- El transporte se limitará a animales domésticos, sin límite de peso (perros, gatos y aves).
- Deben ir sujetos de una correa, y en el caso de perros deben ir provistos de bozal.
- No se emitirá billete ni se abonará cantidad alguna por su transporte.
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